miércoles, 20 de enero de 2010

AN aprobó la reforma de la Ley del Indepabis

Ayer se llevo a cabo en la Asamblea Nacional, el debate en primera discusión del proyecto de reforma de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios.
En su intervención, Mario Isea Bohórquez, presidente de la Comisión Permanente de Desarrollo económico de la AN explicó que se esta proponiendo esta reforma para cualquiera que sea el bien o servicio que se intente incrementar en precio sin justificación económica, acaparar, remarcar o bloquear, y que ante cualquiera de estas situaciones, se estaría en presencia de un delito.
El diputado Mario Isea explicó que “debido a la desbordada práctica especulativa, se hizo necesario reformar la ley para imponer sanciones más severas”.
Isea señaló, que “la especulación es un arma para la desestabilización” y agregó que, es menester reformar la ley, para facultar al gobierno “para proceder ha ocupar, cerrar temporalmente, multar o incluso a expropiar”.
“No podemos hacer esperar a un pueblo que está siendo víctima constante de estos atropellos (…) presentamos esta reforma y aspiramos que sea aprobada por esta plegaria”, afirmó el diputado.
Más controles
Por su parte, el diputado Luis Tascón (Ind./Táchira) planteó establecer un mecanismo de comunicación entre el Seniat y el Ministerio de Comercio para regular los márgenes de utilidad de los comercios, lo cual permitirá controlar la especulación.
El diputado Douglas Gómez (Carabobo) en nombre del PCV manifestó que existe una Ley de Expropiación que contempla el derecho que tienen los afectados a consignar los elementos necesarios para demostrar que no se justifica la misma. “Aquí se expropia en un gobierno revolucionario y se indemniza, si fuera el PCV no se pagaría. Nosotros creemos que frente a un delito como la especulación no puede haber contemplaciones, y por ello, el Estado venezolano tiene que apelar a los mecanismos necesarios para ponerle freno”.
Al respecto el diputado Ricardo Gutiérrez (Podemos/Portuguesa) argumentó que este proceso debe llevarse a cabo dentro de la lógica jurídica y económica. “Este problema no se resuelve con leyes y expropiaciones, vamos a desarrollar los mecanismos necesarios dentro del estamento legal para combatir este problema”.
El diputado Carlos Escarrá (Aragua) afirmó que detrás de los argumentos de la oposición lo que existe es la defensa de los intereses de determinados sectores de la oligarquía venezolana.
Asimismo aclaró que la confiscación es una figura distinta y está referida a una pena accesoria para los delitos de droga y corrupción, la expropiación obedece a una necesidad distinta.
Insistió que con esta ley se busca defender al ciudadano común contra la especulación acaparamiento, y en este sentido destacó la labor legislativa. “Debo decirle que el proceso revolucionario no lo van a detener”.
Del informe
En la exposición de motivos del informe, se argumenta que debido a que la realidad económica está siendo desbordada por actividades especulativas, de acaparamiento, de remarcaje de precios, usura, ilícitos económicos y otros delitos conexos que afectan gravemente el derecho del pueblo venezolano en el acceso a los bienes y servicios, se plantea esta reforma parcial para ampliar la acción del Estado sobre todo tipo de bienes y servicios relacionados con las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización.
Igualmente, se establece la competencia del Ejecutivo nacional para poder dictar las medidas necesarias de carácter excepcional para evitar el alza indebida de precios, el acaparamiento y el boicot de productos o servicios declarados de primera necesidad o restablecer reducciones en los precios de bienes y tarifas de servicios declarados de primera necesidad.
También se establece que el Estado podrá adoptar la medida de ocupación, operatividad temporal e incautación mientras dure el procedimiento de los bienes o servicios por parte de la colectividad y procurar la continuidad del servicio. La reforma también prevé la compensación que por multas, sanciones y daños ocasionados afectan el monto de la indemnización, de tal manera que preserva el equilibrio entre los derechos individuales y colectivos.
Se propone en el informe la incorporación del artículo 5 sobre la declaratoria de utilidad pública, incluyéndose todos los bienes necesarios para desarrollar las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes y servicios.
Igualmente, se sugiere la supresión de la frase “declarados de primera necesidad” en los artículos 15 numerales 9 y 10, 13, 64,66, 67, 68, 110, 111, 137,138,139,140 y 141. a fin que la aplicación de las medidas preventivas, sanciones administrativas y penas, abarquen a los bienes y servicios que no estén declarados como de primera necesidad por el Ejecutivo nacional.

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