miércoles, 5 de mayo de 2010

Asegurados del IVSS que requieran pensión pueden consignar documentación

Asegurados del IVSS que requieran pensión pueden consignar documentación

Los asegurados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley y cuyos casos estén contemplados en los anuncios recientes realizados por el Ejecutivo Nacional ya pueden dirigirse a las oficinas regionales y locales para consignar los requisitos solicitados y de esta manera concretar el ingreso al sistema.

Así lo afirmó el presidente de esta instancia pública, Carlos Rotondaro, durante su participación en el Programa Contra Golpe que transmite Venezolana de Televisión (VTV) en el que afirmó que en todas las oficinas regionales ha sido desplegado personal especializado para recibir la documentación e iniciar los trámites pertinentes.

El funcionario indicó que los requisitos solicitados son la cédula de identidad, la partida de nacimiento y la planilla con la cotizaciones que se obtiene con el ingreso de los datos del titular en el sitio web del Instituto.

Rotondaro explicó cada una de las modalidades en las que puede ser otorgada la pensión para que los asegurados y aseguradas inicien las diligencias cualquiera sea su caso.

En este sentido, indicó que el Decreto 7.401 publicado en Gaceta Oficial reseña tres formas en que puede ser otorgada la pensión. En este sentido señaló que en primer lugar beneficia a aquellas personas que cumplen con los requisitos de edad y el número de cotizaciones exigidas que son 750 y que hasta el 01 de mayo de 2010 no haya sido beneficiadas.

En segundo lugar le otorga la posibilidad a todas aquellas personas que hayan cumplidos con los requisitos de edad, y que tengan acreditadas ante el IVSS al menos 700 cotizaciones, puesto que las 50 restantes las asumirá el Estado venezolano.

En tercer lugar, los asegurados que tengan menos de 700 cotizaciones ante el IVSS y que manifiesten su voluntad de completar las 750 cotizaciones exigidas, podrán realizar el pago en las entidades bancarias donde normalmente es pagado el aporte.

Dijo que los que realicen el pago correspondiente a las cotizaciones pendientes deben llenar los recibos con los datos del titular, o por el contrario presentar un cheque de gerencia, a fin de prevenir situaciones irregulares o estafas.

Informó que una vez procesada la solicitud de cada beneficiario el mismo estará recibiendo el pago a los treinta días siguientes.

Rotondaro puntualizó que las personas que hasta el momento no disfrutan del beneficio y cumplen con los requisitos, deben dirigirse nuevamente a las oficinas del instituto para que su caso sea resuelto a la brevedad.

Recordó la dirección electrónica www.ivss.gov.ve la cual puede ser consultada por los beneficiarios para consultar la situación actual de sus cotizaciones

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