El Gobierno de facto del autojuramentado presidente, Pedro Carmona Estanga, justificó en 13 considerandos el decreto que selló el golpe de Estado del año 2002.
El documento, leído entre aplausos y abrazos (y atribuido a Allan Brewer Carías) en el acto celebrado el 12 de abril en el Palacio de Miraflores, es un compendio de la estrategia trazada por la oposición nacional e internacional para acabar con el Gobierno del presidente Hugo Chávez y con la democracia venezolana, aún en desarrollo.
Derechos humanos y libertades
El primer considerando acusa al “Gobierno de Hugo Chávez de atacar, reprimir y asesinar a mansalva a inocentes venezolanos que manifestaban pacíficamente en los alrededores del Palacio de Miraflores, cometiéndose con ellos graves delitos comunes y de lesa humanidad contra el pueblo de Venezuela”.
Otro considerando del decreto aborda el tema de los Derechos Humanos y la libertad de expresión, que son dos matrices de opinión pública constantes y vigentes de la conspiración contra el Gobierno Bolivariano al afirmar que “ha menoscabado sistemáticamente Derechos Humanos garantizados en la Constitución de 1999 y en los tratados, pactos y convenciones internacionales suscritos y ratificados por la República, al punto de que nunca como en estos últimos tres años los organismos interamericanos de protección de Derechos Humanos han recibido tantas denuncias fundadas de violación de los mismos, en particular al derecho a la vida, al debido proceso a la libertad de expresión e información y al derecho a la información”.
Ataque a decretos de la Habilitante
El decreto también muestra las costuras de la brevísima dictadura al dedicarse a atacar los 48 decretos-ley aprobados en la primera habilitación que la Asamblea Nacional le otorgó al presidente Chávez para legislar (ahora atacan el segundo grupo de decretos de la Habilitante) al acusarlo de promover “desde sus altas posiciones una instigación a delinquir, al propiciar violaciones de toda índole a la propiedad privada, así como obstaculizar la investigación y sanción de civiles y militares afectos al régimen que han incurrido en delitos contra la cosa pública…”, así como de generar “un clima de incertidumbre económica”.
Vinculación al Terrorismo y FAN
El documento también acusa a Chávez de haber “trazado y ejecutado una política exterior contraria a los más altos intereses económicos, políticos y sociales de la Nación, ocasionando un aislamiento de graves consecuencias para el país, manteniendo un tratamiento ambiguo frente al flagelo del terrorismo internacional y desarrollando vínculos irrefutables con la narcoguerrilla colombiana”. Además lo acusa de vulnerar la dignidad y el papel de la Fuerza Armada al exigirle lealtad “a un proyecto político ideológico y personal”. El parecido con lo que pasa hoy no es mera coincidencia.
Disolución de los Poderes Públicos
Los considerandos segundo y tercero justifican la disolución de los poderes públicos (concretado en los artículos 3°, 7° y 8°) al afirmar que el Ejecutivo violó el principio constitucional de la democracia participativa “al haber propugnado la elección de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, de los miembros del Consejo Nacional Electoral, del Fiscal General de la República, del Defensor del Pueblo, del Contralor General de la República sin la debida postulación por sendos comités de postulaciones que debían estar integrados exclusivamente por representantes de los diversos sectores de la sociedad”, proceso que en realidad sí se cumplió.
Los artículos que causaron mayor impacto
2°Se restablece el nombre de República de Venezuela, con el cual continuará identificándose nuestra patria desde este mismo instante.
3°Se suspende de sus cargos a los diputados principales y suplentes a la Asamblea Nacional. Se convoca la celebración de elecciones legislativas nacionales (…) para elegir a los miembros del Poder Legislativo Nacional, el cual tendrá facultades constituyentes para la reforma general de la Constitución de 1999.
4°Se crea un Consejo Consultivo que ejercerá las funciones de orden de consulta del Presidente de la República. El Consejo de Estado estará integrado por 35 miembros principales y sus respectivos suplentes en representación de los diversos sectores de la sociedad democrática venezolana.
7°El Presidente de la República en Consejo de Ministros podrá renovar y designar transitoriamente a los titulares de los poderes públicos, nacionales, estadales y municipales.
8°Se decreta la reorganización de los poderes públicos a los efectos de recuperar su autonomía e independencia (…)a cuyo efecto se destituyen de sus cargos ilegítimamente ocupados al presidente y demás magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, así como al Fiscal General de la República, al Contralor General de la República, al Defensor del Pueblo y a los miembros del Consejo Nacional Electoral.
Primeras decisiones iban directo contra el pueblo
Además de lo establecido en el articulado del decreto leído la tarde del 12 de abril de 2002, el Gobierno dictatorial tomó tres decisiones que afectaban directamente al pueblo.
Dos libros de reciente edición suministran información acerca de dos de ellas: la revisión del entonces recién decretado salario mínimo y el restablecimiento de la comisión tripartita (Fedecámaras-CTV-Gobierno), la misma que aprobó la eliminación del cálculo de la retroactividad de las prestaciones sociales.
En Los documentos del golpe (editado por la Defensoría del Pueblo), hay copia de la información que El Nacional publicó con el titular: Carmona-CTV: “Nuevo Gobierno revisará aumento del salario”, la cual es también comentada en Abril golpe adentro de Ernesto Villegas.
“Así, el primer mensaje que recibía la clase trabajadora de parte del nuevo Gobierno era que su más reciente conquista (la elevación del salario mínimo a 190 mil 80 bolívares) quedaría sometida a revisión”, subrayó Villegas en su libro.
Por su parte el gobernador del estado Guárico, Willian Lara, recordó ayer en VTV que el Ministro de Finanzas de facto, Leopoldo Martínez, fue el encargado de anunciar el restablecimiento de las llamadas cuotas-balón, mecanismo especulativo del mercado inmobiliario que afectaba a quienes compraron viviendas a crédito.
Cabe recordar que entre los papapeles dejados en Miraflores por Carmona, habían otros cinco decretos que complementaban el principal, referidos a la disolución de la Asamblea Nacional y la transferencia de sus funciones al Consejo Superior de Gobierno, la cesantía del Poder Ciudadano y el decreto de emergencia del Poder Judicial, entre otras acciones.
Yeneiza Delgado Mijares
El documento, leído entre aplausos y abrazos (y atribuido a Allan Brewer Carías) en el acto celebrado el 12 de abril en el Palacio de Miraflores, es un compendio de la estrategia trazada por la oposición nacional e internacional para acabar con el Gobierno del presidente Hugo Chávez y con la democracia venezolana, aún en desarrollo.
Derechos humanos y libertades
El primer considerando acusa al “Gobierno de Hugo Chávez de atacar, reprimir y asesinar a mansalva a inocentes venezolanos que manifestaban pacíficamente en los alrededores del Palacio de Miraflores, cometiéndose con ellos graves delitos comunes y de lesa humanidad contra el pueblo de Venezuela”.
Otro considerando del decreto aborda el tema de los Derechos Humanos y la libertad de expresión, que son dos matrices de opinión pública constantes y vigentes de la conspiración contra el Gobierno Bolivariano al afirmar que “ha menoscabado sistemáticamente Derechos Humanos garantizados en la Constitución de 1999 y en los tratados, pactos y convenciones internacionales suscritos y ratificados por la República, al punto de que nunca como en estos últimos tres años los organismos interamericanos de protección de Derechos Humanos han recibido tantas denuncias fundadas de violación de los mismos, en particular al derecho a la vida, al debido proceso a la libertad de expresión e información y al derecho a la información”.
Ataque a decretos de la Habilitante
El decreto también muestra las costuras de la brevísima dictadura al dedicarse a atacar los 48 decretos-ley aprobados en la primera habilitación que la Asamblea Nacional le otorgó al presidente Chávez para legislar (ahora atacan el segundo grupo de decretos de la Habilitante) al acusarlo de promover “desde sus altas posiciones una instigación a delinquir, al propiciar violaciones de toda índole a la propiedad privada, así como obstaculizar la investigación y sanción de civiles y militares afectos al régimen que han incurrido en delitos contra la cosa pública…”, así como de generar “un clima de incertidumbre económica”.
Vinculación al Terrorismo y FAN
El documento también acusa a Chávez de haber “trazado y ejecutado una política exterior contraria a los más altos intereses económicos, políticos y sociales de la Nación, ocasionando un aislamiento de graves consecuencias para el país, manteniendo un tratamiento ambiguo frente al flagelo del terrorismo internacional y desarrollando vínculos irrefutables con la narcoguerrilla colombiana”. Además lo acusa de vulnerar la dignidad y el papel de la Fuerza Armada al exigirle lealtad “a un proyecto político ideológico y personal”. El parecido con lo que pasa hoy no es mera coincidencia.
Disolución de los Poderes Públicos
Los considerandos segundo y tercero justifican la disolución de los poderes públicos (concretado en los artículos 3°, 7° y 8°) al afirmar que el Ejecutivo violó el principio constitucional de la democracia participativa “al haber propugnado la elección de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, de los miembros del Consejo Nacional Electoral, del Fiscal General de la República, del Defensor del Pueblo, del Contralor General de la República sin la debida postulación por sendos comités de postulaciones que debían estar integrados exclusivamente por representantes de los diversos sectores de la sociedad”, proceso que en realidad sí se cumplió.
Los artículos que causaron mayor impacto
2°Se restablece el nombre de República de Venezuela, con el cual continuará identificándose nuestra patria desde este mismo instante.
3°Se suspende de sus cargos a los diputados principales y suplentes a la Asamblea Nacional. Se convoca la celebración de elecciones legislativas nacionales (…) para elegir a los miembros del Poder Legislativo Nacional, el cual tendrá facultades constituyentes para la reforma general de la Constitución de 1999.
4°Se crea un Consejo Consultivo que ejercerá las funciones de orden de consulta del Presidente de la República. El Consejo de Estado estará integrado por 35 miembros principales y sus respectivos suplentes en representación de los diversos sectores de la sociedad democrática venezolana.
7°El Presidente de la República en Consejo de Ministros podrá renovar y designar transitoriamente a los titulares de los poderes públicos, nacionales, estadales y municipales.
8°Se decreta la reorganización de los poderes públicos a los efectos de recuperar su autonomía e independencia (…)a cuyo efecto se destituyen de sus cargos ilegítimamente ocupados al presidente y demás magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, así como al Fiscal General de la República, al Contralor General de la República, al Defensor del Pueblo y a los miembros del Consejo Nacional Electoral.
Primeras decisiones iban directo contra el pueblo
Además de lo establecido en el articulado del decreto leído la tarde del 12 de abril de 2002, el Gobierno dictatorial tomó tres decisiones que afectaban directamente al pueblo.
Dos libros de reciente edición suministran información acerca de dos de ellas: la revisión del entonces recién decretado salario mínimo y el restablecimiento de la comisión tripartita (Fedecámaras-CTV-Gobierno), la misma que aprobó la eliminación del cálculo de la retroactividad de las prestaciones sociales.
En Los documentos del golpe (editado por la Defensoría del Pueblo), hay copia de la información que El Nacional publicó con el titular: Carmona-CTV: “Nuevo Gobierno revisará aumento del salario”, la cual es también comentada en Abril golpe adentro de Ernesto Villegas.
“Así, el primer mensaje que recibía la clase trabajadora de parte del nuevo Gobierno era que su más reciente conquista (la elevación del salario mínimo a 190 mil 80 bolívares) quedaría sometida a revisión”, subrayó Villegas en su libro.
Por su parte el gobernador del estado Guárico, Willian Lara, recordó ayer en VTV que el Ministro de Finanzas de facto, Leopoldo Martínez, fue el encargado de anunciar el restablecimiento de las llamadas cuotas-balón, mecanismo especulativo del mercado inmobiliario que afectaba a quienes compraron viviendas a crédito.
Cabe recordar que entre los papapeles dejados en Miraflores por Carmona, habían otros cinco decretos que complementaban el principal, referidos a la disolución de la Asamblea Nacional y la transferencia de sus funciones al Consejo Superior de Gobierno, la cesantía del Poder Ciudadano y el decreto de emergencia del Poder Judicial, entre otras acciones.
Yeneiza Delgado Mijares
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