viernes, 5 de junio de 2009

Candidatos ya no serán dueños de las tarjetas

LA LEGISLACIÓN ACTUAL PREVÉ SUSTITUCIONES EN CASOS DE MUERTE, RENUNCIA O INCAPACIDAD FÍSICA Y MENTAL
Según norma propuesta partidos podrán cambiar a postulados , andidatos ya no serán dueños de las tarjetas
Los candidatos postulados para un cargo no necesitarán renunciar para ser sustituidos, debido a que en el proyecto de Ley de Procesos Electorales prevé que por decisión de la organización postulante podrán ser retirados.
La sustitución de un candidato, según la Ley del Sufragio y Participación Política vigente, se admitirá por "muerte, renuncia, incapacidad física o mental o por cualquier otra causa derivada de la aplicación de normas constitucionales o legales deben ser retirados". En el nuevo instrumento legal siguen privando las causas antes mencionadas, pero se agrega la decisión del partido postulante.
Por otra parte, en el proyecto de Ley, se contempla en el artículo 56 que la sustitución de candidatos podrá realizarse en cualquier momento antes de la realización de la elección. En la ley actual se prevé que se deberá hacer 90 días, es decir, tres meses antes de la celebración del comicio, con la excepción de muerte, renuncia o incapacidad física o mental.
Además, en el marco legal propuesto por el Parlamento, se establece que los partidos deberán publicar en prensa nacional, regional o cualquier medio de comunicación, según el tipo de elección, un aviso de sustitución. Si el tiempo en que se realice la sustitución no es suficiente para el cambio en la tarjeta electoral, los votos que se emitan se acreditarán al sustituto.
En la legislación vigente, la publicación del cambio en los medios de comunicación de la sustitución se hace estrictamente cuando ya el instrumento de votación ha sido elaborado por el ente comicial.

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