El Ministerio Público imputó al general de División del Ejército en situación de retiro, Italo del Valle Alliegro, por su presunta responsabilidad en los sucesos conocidos como El Caracazo, ocurridos entre el 27 de febrero y los primeros días del mes de marzo de 1989.
En ese sentido, los fiscales 4° ante el TSJ y 30° con competencia nacional, María Cristina Vispo y Roberto Acosta Garrido, respectivamente, imputaron al militar por la presunta comisión de los delitos de homicidio calificado en grado de cómplice necesario y quebrantamiento de pactos y convenios internacionales, de acuerdo con el Código Penal, vigente para el momento en el cual ocurrieron los hechos.
Con el acto de imputación Alliegro, quien se desempeñaba como ministro de la Defensa durante el inicio del segund período presidencial de Carlos Andrés Pérez (1989-1993), adquiere los derechos consagrados en los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 125 del Código Orgánico Procesal Penal, sobre el debido proceso y los derechos del imputado.
Es oportuno mencionar que en febrero de 2001, la Sala Política Administrativa del TSJ decidió remitir las 437 causas originadas del desglose de los expedientes al Ministerio Público, para que se encargara de la investigación y establecer así la identidad de los responsables de los hechos.
Luego de la revisión de las causas, existe un total de 340 expedientes, que corresponden a igual número de víctimas que tienen sus respectivas actas de investigación
En ese sentido, los fiscales 4° ante el TSJ y 30° con competencia nacional, María Cristina Vispo y Roberto Acosta Garrido, respectivamente, imputaron al militar por la presunta comisión de los delitos de homicidio calificado en grado de cómplice necesario y quebrantamiento de pactos y convenios internacionales, de acuerdo con el Código Penal, vigente para el momento en el cual ocurrieron los hechos.
Con el acto de imputación Alliegro, quien se desempeñaba como ministro de la Defensa durante el inicio del segund período presidencial de Carlos Andrés Pérez (1989-1993), adquiere los derechos consagrados en los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 125 del Código Orgánico Procesal Penal, sobre el debido proceso y los derechos del imputado.
Es oportuno mencionar que en febrero de 2001, la Sala Política Administrativa del TSJ decidió remitir las 437 causas originadas del desglose de los expedientes al Ministerio Público, para que se encargara de la investigación y establecer así la identidad de los responsables de los hechos.
Luego de la revisión de las causas, existe un total de 340 expedientes, que corresponden a igual número de víctimas que tienen sus respectivas actas de investigación
No hay comentarios:
Publicar un comentario