PSUV deberá recoger 2 millones 550 mil firmas para activar enmienda constitucional
El Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) deberá recoger 2 millones 550 mil firmas para activar la enmienda constitucional que le permitiría al presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez, lograr su reelección.
Según información emanada desde la Asamblea Nacional, los 2 millones 550 mil firmas representan el 15% necesarios para activar esta figura (actualmente hay 17 millones de inscritos en el Registro Electoral Permanente).
La cifra es menor mucho menor a la cantidad de votos totales que obtuvo el PSUV en las elecciones regionales celebradas en el pasado 23 de noviembre.
Cabe destacar que Chávez autorizó a la dirección nacional y a los militantes del PSUV a iniciar el debate sobre el tema y canalizar la posible enmienda.
Según la Constitución venezolana (en su artículo 341) las enmiendas se tramitarán en la forma siguiente:
1.- La iniciativa podrá partir del 15 % de los ciudadanos inscritos y las ciudadanas inscritas en el Registro Civil y Electoral; o de un 30 % de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, o del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros.
2.- Cuando la iniciativa parta de la Asamblea Nacional, la enmienda requerirá la aprobación de esta por la mayoría de sus integrantes y se discutirá según el procedimiento establecido en esta Constitución para la formación de leyes.
3.- El Poder Electoral someterá a referendo las enmiendas a los 30 días siguientes a su recepción formal.
4.- Se considerarán aprobadas las enmiendas de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley relativa al referendo aprobatorio.
5.- Las enmiendas serán numeradas consecutivamente y se publicarán a continuación de esta Constitución sin alterar el texto de ésta, pero anotando al pie del artículo o artículos enmendados la referencia de número y fecha de la enmienda que lo modificó.
El Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) deberá recoger 2 millones 550 mil firmas para activar la enmienda constitucional que le permitiría al presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez, lograr su reelección.
Según información emanada desde la Asamblea Nacional, los 2 millones 550 mil firmas representan el 15% necesarios para activar esta figura (actualmente hay 17 millones de inscritos en el Registro Electoral Permanente).
La cifra es menor mucho menor a la cantidad de votos totales que obtuvo el PSUV en las elecciones regionales celebradas en el pasado 23 de noviembre.
Cabe destacar que Chávez autorizó a la dirección nacional y a los militantes del PSUV a iniciar el debate sobre el tema y canalizar la posible enmienda.
Según la Constitución venezolana (en su artículo 341) las enmiendas se tramitarán en la forma siguiente:
1.- La iniciativa podrá partir del 15 % de los ciudadanos inscritos y las ciudadanas inscritas en el Registro Civil y Electoral; o de un 30 % de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, o del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros.
2.- Cuando la iniciativa parta de la Asamblea Nacional, la enmienda requerirá la aprobación de esta por la mayoría de sus integrantes y se discutirá según el procedimiento establecido en esta Constitución para la formación de leyes.
3.- El Poder Electoral someterá a referendo las enmiendas a los 30 días siguientes a su recepción formal.
4.- Se considerarán aprobadas las enmiendas de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley relativa al referendo aprobatorio.
5.- Las enmiendas serán numeradas consecutivamente y se publicarán a continuación de esta Constitución sin alterar el texto de ésta, pero anotando al pie del artículo o artículos enmendados la referencia de número y fecha de la enmienda que lo modificó.
1 comentario:
eso lo recogemos en una esuina.
somos muchos
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