”Publicado el 30 de ene de 2012
Archivo Este lunes, el columnista Nicmer Evans, en su “Espacio crítico para la construcción socialista”, se refiere a la polémica que se ha generado en los últimos días por la divulgación de algunas imágenes donde se ve niños portando armas de fuego en un acto político del 23 de Enero.
En relación a este tema, el politólogo asegura que “quién utilice a niños con armas para promover algún mensaje, no sólo debe estar disociado sino que debe ser condenado con todo el peso de la ley. En este sentido lo que esperamos de nuestro gobierno es que no quede impune el hecho”.
Archivo Este lunes, el columnista Nicmer Evans, en su “Espacio crítico para la construcción socialista”, se refiere a la polémica que se ha generado en los últimos días por la divulgación de algunas imágenes donde se ve niños portando armas de fuego en un acto político del 23 de Enero.
En relación a este tema, el politólogo asegura que “quién utilice a niños con armas para promover algún mensaje, no sólo debe estar disociado sino que debe ser condenado con todo el peso de la ley. En este sentido lo que esperamos de nuestro gobierno es que no quede impune el hecho”.
A continuación la columna completa de Nicmer Evans:
Actos en apología a la violencia, el uso de niños en estos hechos, la obtención de armas para tal fin (sea legal o ilegalmente) y la difusión de las imágenes de esto en los medios, son hechos absolutamente reprochables, y se debe reafirmar su condenada pública, acompañada de acciones de Estado contundentes, pero desmenucemos un poco los tres aspecto que he mencionado.
Nuestra estructura legal vinculada a la protección de los niños y desarrollada en el marco de la revolución bolivariana (en específico la LOPNA) es muy clara al establecer explícitamente que:
Artículo 83. Todos los niños y adolescentes tienen derecho de manifestar pacíficamente y sin armas, de conformidad con la Ley, sin más límites que los derivados de las facultades legales que corresponden a sus padres, representantes o responsables.
Actos en apología a la violencia, el uso de niños en estos hechos, la obtención de armas para tal fin (sea legal o ilegalmente) y la difusión de las imágenes de esto en los medios, son hechos absolutamente reprochables, y se debe reafirmar su condenada pública, acompañada de acciones de Estado contundentes, pero desmenucemos un poco los tres aspecto que he mencionado.
Nuestra estructura legal vinculada a la protección de los niños y desarrollada en el marco de la revolución bolivariana (en específico la LOPNA) es muy clara al establecer explícitamente que:
Artículo 83. Todos los niños y adolescentes tienen derecho de manifestar pacíficamente y sin armas, de conformidad con la Ley, sin más límites que los derivados de las facultades legales que corresponden a sus padres, representantes o responsables.
Además, la utilización de las armas, de exclusivo manejo legal y legítimo por parte del Estado, en mano de civiles, y aún más en niños, promueve la violencia y distorsiona el fin último de las mismas, la defensa soberana de la nación ante cualquier agresión, y éste, nuestro gobierno bolivariano lo ha entendido así, desarrollando una legislación tan progresista como la ya citada.
Creo que así, queda claro para todo el mundo que quién utilice a niños con armas para promover algún mensaje, no sólo debe estar disociado sino que debe ser condenado con todo el peso de la ley. En este sentido lo que esperamos de nuestro gobierno es que no quede impune el hecho.
Pero lo que pareciera no quedar muy claro es la legalidad y honestidad en el uso de estas imágenes por parte de algunos medios de comunicación y en las Redes Sociales.
Creo que así, queda claro para todo el mundo que quién utilice a niños con armas para promover algún mensaje, no sólo debe estar disociado sino que debe ser condenado con todo el peso de la ley. En este sentido lo que esperamos de nuestro gobierno es que no quede impune el hecho.
Pero lo que pareciera no quedar muy claro es la legalidad y honestidad en el uso de estas imágenes por parte de algunos medios de comunicación y en las Redes Sociales.
El artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes en sus parágrafos primero y segundo nos dice que:
Parágrafo primero: Se prohíbe exponer o divulgar, a través de cualquier medio, la imagen de los niños y adolescentes contra su voluntad o la de sus padres, representantes o responsables.
Asimismo, se prohíbe exponer o divulgar datos, imágenes o informaciones, a través de cualquier medio, que lesionen el honor o la reputación de los niños y adolescentes o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada i intimidad familiar.
Parágrafo segundo: Está prohibido exponer o divulgar, por cualquier medio, datos, informaciones o imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente a los niños y adolescentes que hayan sido sujetos activos o pasivos de hechos punibles, salvo autorización judicial fundada en razones de seguridad u orden público.
Parágrafo primero: Se prohíbe exponer o divulgar, a través de cualquier medio, la imagen de los niños y adolescentes contra su voluntad o la de sus padres, representantes o responsables.
Asimismo, se prohíbe exponer o divulgar datos, imágenes o informaciones, a través de cualquier medio, que lesionen el honor o la reputación de los niños y adolescentes o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada i intimidad familiar.
Parágrafo segundo: Está prohibido exponer o divulgar, por cualquier medio, datos, informaciones o imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente a los niños y adolescentes que hayan sido sujetos activos o pasivos de hechos punibles, salvo autorización judicial fundada en razones de seguridad u orden público.
En pocas palabras, si estos medios tenían las presuntas pruebas, debían consignarlas ante las autoridades pertinentes o debían tener permiso de los representantes para difundirlas, si no es así, son tan delincuentes como quienes promovieron el acto, ya que terminan siendo cómplices de la apología.
El deber de los medios es informar y nadie se lo impide, el problema no es el contenido de la información, sino la utilización de las imágenes de los niños para someterlos al escarnio público, teniendo aún más responsabilidad en este aspecto que quienes promovieron el acto.
Sobre el señalamiento y generalización que pretende hacerse con los colectivos del 23 de Enero y el proceso revolucionario en general, creo importante resaltar que la difusión de unas imágenes pueden servir de elemento para abrir una investigación, por demás necesaria, pero no son elementos suficientes para juzgar determinantemente a alguien.
Sobre el señalamiento y generalización que pretende hacerse con los colectivos del 23 de Enero y el proceso revolucionario en general, creo importante resaltar que la difusión de unas imágenes pueden servir de elemento para abrir una investigación, por demás necesaria, pero no son elementos suficientes para juzgar determinantemente a alguien.
En todo caso, la acción de un colectivo o parte de él no debe ser elemento para incriminar y juzgar a todos los colectivos y menos aún al gobierno liderado por el presidente Chávez.
El trabajo loable, extraordinario e inimitable de estas formas de organización son ejemplo para las organizaciones políticas y sociales del país y del mundo, por lo que invitamos a la ponderación de quienes pretenden satanizar el trabajo de los colectivos con un fin claramente político, el de destruir toda la labor de transformación que han logrado en una de las parroquias caraqueñas más combativas y comprometidas con el socialismo bolivariano.
Tanto los responsables del acto, como los medios que difundieron las imágenes tienen responsabilidad en un acto que debe ser condenado por toda la nación, y deben ser castigados con todo el peso de la ley, sea quien sea el o los responsables, pero también debe quedar claro con nombres y apellidos quienes tienen responsabilidad tanto en el acto como en la difusión de las imágenes.
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