Oposición y oficialismo ya inician sus respectivas campañas con miras a ganarse los votos de los venezolanos en los comicios del 26 de septiembre. La rectora del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, hizo un llamado a que se realice una campaña a la altura de los electores.
El Comando Nacional de Campaña Bolívar 200 del Partido Socialista Unido de Venezuela, encargado de aglutinar a los partidarios del presidente Chávez, ha dejado claro que su intención es identificar “donde está el voto chavista para movilizarlo y donde están los ni-ni para orientar nuestra campaña hacia ellos”.
Por su parte, la sectores adversos al Gobierno, agrupados en la Mesa de Unidad, hasta ahora han enfocado sus esfuerzos en denunciar temas como el del escándalo de PDVAL y la inseguridad en el país, luego de una etapa de elección de candidatos que no estuvo exenta de notorios incidentes.
Ya pueden contratar la difusión de propaganda
Desde las 6:00 de la mañana de este miércoles 25 de agosto, las candidatas y candidatos, organizaciones con fines políticos, grupos de electoras y electores, así como las comunidades u organizaciones indígenas podrán contratar la difusión de propaganda electoral, a través de los diferentes medios de comunicación.
El proceso de la campaña electoral será regulado por el Reglamento Especial sobre la Campaña Electoral y el Reglamento Nº 6 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en Materia de Propaganda.
El Comando Nacional de Campaña Bolívar 200 del Partido Socialista Unido de Venezuela, encargado de aglutinar a los partidarios del presidente Chávez, ha dejado claro que su intención es identificar “donde está el voto chavista para movilizarlo y donde están los ni-ni para orientar nuestra campaña hacia ellos”.
Por su parte, la sectores adversos al Gobierno, agrupados en la Mesa de Unidad, hasta ahora han enfocado sus esfuerzos en denunciar temas como el del escándalo de PDVAL y la inseguridad en el país, luego de una etapa de elección de candidatos que no estuvo exenta de notorios incidentes.
Ya pueden contratar la difusión de propaganda
Desde las 6:00 de la mañana de este miércoles 25 de agosto, las candidatas y candidatos, organizaciones con fines políticos, grupos de electoras y electores, así como las comunidades u organizaciones indígenas podrán contratar la difusión de propaganda electoral, a través de los diferentes medios de comunicación.
El proceso de la campaña electoral será regulado por el Reglamento Especial sobre la Campaña Electoral y el Reglamento Nº 6 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en Materia de Propaganda.
Lo que ningún sector político debe hacer
No se permitirá la propaganda electoral que se produzca fuera del lapso establecido; que atente contra la honra, privacidad, dignidad o reputación de las personas; que promueva la guerra, discriminación; que promueva la desobediencia a las leyes; que desestimule el ejercicio del derecho al voto; que contenga expresiones obscenas y denigrantes contra los órganos y entes del Poder Público; que utilicen la imagen, sonido o la presencia de niñas, niños o adolescentes; que sea financiada con fondos de origen ilícito, o que utilice la imagen, nombres o apellidos de cualquier ciudadana o ciudadano, candidata o candidato, así como colores y símbolos que identifiquen a organizaciones políticas, sin su autorización, entre otras reglas descritas.
Igualmente, en el reglamento se establece que las funcionarias y funcionarios públicos, en general, están al servicio del Estado y no de parcialidad política alguna. Por lo que no podrán actuar, en ejercicio de la función pública, orientados por sus preferencias políticas, a favor o en detrimento de cualquier organización con fines políticos, grupos de electoras o electores, candidatas, candidatos, lista de candidatas y candidatos o comunidades u organizaciones indígenas, entre otras regulaciones.
Para garantizar el equilibrio durante la campaña, el Consejo Nacional Electoral aprobó el Reglamento Especial sobre la Campaña Electoral con el que se regulan los términos y condiciones, bajo los cuales los actores políticos podrán difundir a través de los diferentes medios de comunicación (impresos, radioeléctricos, audiovisuales, públicos y privados) sus mensajes propagandísticos.
No se permitirá la propaganda electoral que se produzca fuera del lapso establecido; que atente contra la honra, privacidad, dignidad o reputación de las personas; que promueva la guerra, discriminación; que promueva la desobediencia a las leyes; que desestimule el ejercicio del derecho al voto; que contenga expresiones obscenas y denigrantes contra los órganos y entes del Poder Público; que utilicen la imagen, sonido o la presencia de niñas, niños o adolescentes; que sea financiada con fondos de origen ilícito, o que utilice la imagen, nombres o apellidos de cualquier ciudadana o ciudadano, candidata o candidato, así como colores y símbolos que identifiquen a organizaciones políticas, sin su autorización, entre otras reglas descritas.
Igualmente, en el reglamento se establece que las funcionarias y funcionarios públicos, en general, están al servicio del Estado y no de parcialidad política alguna. Por lo que no podrán actuar, en ejercicio de la función pública, orientados por sus preferencias políticas, a favor o en detrimento de cualquier organización con fines políticos, grupos de electoras o electores, candidatas, candidatos, lista de candidatas y candidatos o comunidades u organizaciones indígenas, entre otras regulaciones.
Para garantizar el equilibrio durante la campaña, el Consejo Nacional Electoral aprobó el Reglamento Especial sobre la Campaña Electoral con el que se regulan los términos y condiciones, bajo los cuales los actores políticos podrán difundir a través de los diferentes medios de comunicación (impresos, radioeléctricos, audiovisuales, públicos y privados) sus mensajes propagandísticos.
¿Quién paga las campañas?
Los costos de la campaña electoral es otro aspecto reglamentado por el Poder Electoral, para ello se establecieron pautas de fiscalización a las finanzas destinadas para la propaganda durante la campaña, en la que los representantes políticos están comprometidos a suministrar la información necesaria para el control efectivo de los recursos destinados para su campaña, así como deben presentar sus cuentas a través del sistema automatizado de financiamiento.
Toda denuncia sobre el incumplimiento de las reglas establecidas para hacer campaña, se interpondrán ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento o ante las Oficinas Regionales Electorales del CNE, por cualquier persona que detecte violaciones al reglamento. A partir estas denuncias se activarán los procedimientos y mecanismos de rigor, que devendrán en la aplicación de las sanciones a los infractores de las regulaciones establecidas.
Los costos de la campaña electoral es otro aspecto reglamentado por el Poder Electoral, para ello se establecieron pautas de fiscalización a las finanzas destinadas para la propaganda durante la campaña, en la que los representantes políticos están comprometidos a suministrar la información necesaria para el control efectivo de los recursos destinados para su campaña, así como deben presentar sus cuentas a través del sistema automatizado de financiamiento.
Toda denuncia sobre el incumplimiento de las reglas establecidas para hacer campaña, se interpondrán ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento o ante las Oficinas Regionales Electorales del CNE, por cualquier persona que detecte violaciones al reglamento. A partir estas denuncias se activarán los procedimientos y mecanismos de rigor, que devendrán en la aplicación de las sanciones a los infractores de las regulaciones establecidas.
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